Juan Marcos Espinoza Flores*
Gimeno (1975, p. 87), señala que la tributación agropecuaria es una herramienta al servicio del desarrollo del sector, pero también, en atención a su propia naturaleza, es un impuesto que debe armonizarse dentro del esquema impositivo nacional.
En el Perú, el sector agroindustrial de la producción agrícola aporta el crecimiento económico y captación de recursos a través del impuesto a la renta. Sin embargo, según el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el D.S. N°179-2004-EF y normas modificatorias, se han establecido una serie de requisitos y formalidades en la deducción de los costos o gastos que afectan la determinación de la renta neta.
Esto nos lleva a reflexionar sobre el rol que desempeñan en el desarrollo socioeconómico del país las empresas agroindustriales y, además, que para incrementar su producción requiere más inversión y manejo óptimo de sus recursos financieros, con la finalidad de mejorar sus procesos de sus plantas procesadoras, así como también la inversión en riego y plantaciones de productos no tradicionales en los fundos o parcelas de tierras no cultivadas; además, debe atender los problemas estructurales que se presentan, algunos de ellos causado por su geografía y amenazas de los fenómenos climáticos como: sequías, inundaciones, friajes, heladas, Fenómeno del Niño y la contaminación ambiental etc.
A razón de ello, se generan desembolsos en efectivo necesarios para el funcionamiento del mismo y sin embargo, son objetados por la Administración Tributaria como reparos tributarios, que genera un perjuicio en la situación económica y financiera interna de las empresas agroindustriales.
*Graduado de la carrera de Contabilidad (filial Lima) de la ULADECH Católica
El impacto de los reparos tributarios en las agroindustrias
